Expert Dératisation
Guía práctica

Plagas en un edificio en régimen de copropiedad: ¿cómo se reparten los papeles entre el syndic, los propietarios y los ocupantes?

La respuesta corta

El syndic (el administrador de la finca) se encarga de tratar las zonas comunes: sótanos, patios, cuartos de basuras, patinillos, aparcamientos. Cada propietario, o el ocupante de su lote, se ocupa del interior de su vivienda o de su local. El reglamento sanitario departamental obliga además a los propietarios de edificios a prevenir la entrada de roedores y a actuar sin demora en cuanto se detecten. Para obtener resultados duraderos, ambos niveles deben tratarse de forma coordinada.

En un edificio, las plagas ignoran los límites de la propiedad. Las ratas suben desde los sótanos y las alcantarillas, las cucarachas circulan por los patinillos técnicos y las chinches pasan de un piso a otro por los rodapiés y los enchufes. Tratar una sola vivienda a menudo solo desplaza el problema.

Saber quién debe actuar, y en qué parte del edificio, ahorra un tiempo valioso.

Las zonas comunes corresponden al syndic

El artículo 18 de la ley n.º 65-557 del 10 de julio de 1965 confía al syndic la administración del edificio, su conservación, su custodia y su mantenimiento. En caso de urgencia, puede encargar por iniciativa propia los trabajos necesarios para la salvaguarda del edificio. El tratamiento de sótanos, patios, cuartos de basuras, patinillos y aparcamientos entra en este marco.

El artículo 119 del reglamento sanitario departamental tipo (règlement sanitaire départemental) pide a los propietarios de edificios que tomen las medidas necesarias para impedir la entrada de roedores, revisen periódicamente sótanos, patios y cuartos de basuras, y actúen sin demora cuando se constate su presencia. Cada departamento tiene su propio texto, cuya numeración puede diferir: compruebe el que le corresponde.

Los lotes privativos corresponden a propietarios y ocupantes

Dentro de un piso o de un local comercial, es el propietario o el ocupante quien debe llamar a un profesional. El artículo 121 del mismo reglamento tipo prohíbe a los ocupantes acumular residuos que atraigan insectos y roedores, y oponerse a las operaciones generales de desinsectación o desratización decididas para el edificio.

Un plan para todo el edificio en lugar de intervenciones aisladas

Los tratamientos más eficaces siguen la misma lógica que el Protocolo Centinela:

  • Inspeccionar: diagnóstico de las zonas comunes y de las viviendas o locales afectados, con localización de los accesos.
  • Tratar: intervención el mismo día, o en un periodo corto, en las zonas comunes y los lotes afectados, anunciada mediante carteles.
  • Sanear: sellado de respiraderos, pasos de patinillos, arquetas y bajos de puertas de sótanos.
  • Seguimiento: visitas de control según el protocolo, informe fotográfico enviado al syndic y al consejo de la comunidad, vigilancia activa entre visitas.

Puntos clave

  1. 01Zonas comunes: el syndic las hace tratar, con urgencia si es necesario.
  2. 02Lotes privativos: el propietario o el ocupante.
  3. 03El reglamento sanitario departamental exige actuar sin demora contra los roedores.
  4. 04Un plan coordinado y con seguimiento reduce mucho el riesgo de reinfestación.

Este artículo ofrece información general, vigente en su fecha de publicación. No sustituye un asesoramiento jurídico o médico adaptado a su situación.

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Para su vivienda o su negocio: precio visible antes de pagar, franja de 2 horas, Protocolo Centinela e informe fotográfico enviado el día de la visita.